En Uruguay y en la actualidad, hablar sobre abuso infantil tiene una relevancia incuestionable; es difícil que encontremos un tema más relevante, y si lo hay sin dudas se encuentra relacionado. Pero también es lícito que nos preguntemos desde dónde se habla sobre abuso, desde qué concepción. En una sociedad altamente politizada, en el sentido de que cualquier tema y cualquier opinión dependen de la posición política que tomemos y de los prejuicios que arrastramos con nosotros, parece necesario analizar sobre qué estamos hablando cuando hablamos de abuso infantil.
La patria potestad
“La historia de la infancia es una pesadilla de la que hemos empezado a despertar hace muy poco”, dice De Mause (1982).
Durante miles de años (tanto como desde que se comenzaron a efectuar registros duraderos) el ser humano se ha regido por una concepción patriarcal del mundo, de la sociedad y de sí mismo. Esta concepción implica la idea de la supremacía del hombre adulto sobre el resto del mundo, hasta el punto de que se filtra en las primeras religiones, en los primeros conjuntos filosóficos, en las tradiciones culturales como mitos, leyendas y literatura, y, poco a poco, en la idiosincrasia de cada individuo.
Una de las principales hipótesis del patriarcado se refleja en las milenarias leyes de la patria potestad: niños y mujeres pertenecen al hombre, son objetos. Dentro de esta forma de entender las relaciones de poder, es lineal admitir que el hombre haga lo que quiera con ellos, incluso satisfacer sus necesidades sexuales.
¿De qué otra forma puede entenderse el secreto tácito con el que se manejaban estos temas? Hoy, nos escandalizamos ante la evidencia de que en generaciones anteriores el abuso infantil era tan frecuente como en la actualidad. Pero lo que más asombro nos produce es entender que hasta hace un tiempo estos eran temas de los que nadie hablaba, “problemitas” del tío o de papá, cosas que se mantenían en secreto y cuya importancia era minimizada. Pero que también ocurrían. Hoy sospechamos que una de cada cuatro mujeres adultas fue abusada cuando era niña. Desconocemos datos tan bien definidos de lo que ocurría hace cien años.
¿Qué es lo que hace que hoy en día hablemos sobre estos temas?
Seguramente los fuertes golpes que ha recibido la visión patriarcal del mundo, sobre todo de parte de los movimientos feministas de segunda mitad del siglo XX. Hace cien años, el hombre era la única fuente de ingreso de bienes de los hogares. Esto volvía su autoridad incuestionable. Ahora que esta autoridad está puesta en forma continua en duda, los problemas esos de los que no queríamos hablar adquieren nueva visibilidad.
Hasta mediados del siglo XX el abuso físico y sexual de mujeres, niños y niñas era entendido como parte de los derechos del marido o del padre. Fueron los movimientos feministas, a través de la reivindicación del lugar de las mujeres en la sociedad, los que permitieron visibilizar el maltrato a la infancia.
Hace ya un tiempo que hemos entendido que la mujer no es una propiedad del hombre, ¿pero los niños? ¿Es algo ya comprendido que nuestros hijos no nos pertenecen, tanto como nosotros no pertenecemos a nadie? El respeto por la individualidad de las personas, ¿tiene una edad de comienzo? ¿Es a partir de determinada edad que debemos comenzar a tratar a los niños como si fueran seres humanos? Defendemos la posición amparada en las etapas del desarrollo y en la evolución de las capacidades cognitivas: antes de determinada edad los niños no están capacitados para pensar por sí mismos. ¿Pero somos nosotros los que actuamos como ejemplo? ¿Los adultos en realidad estamos capacitados para pensar por nosotros mismos? ¿Podemos creer que los niños harían con el mundo un desastre más grande que el nuestro?
Según UNICEF, en diciembre del año 2016 el número de seres humanos en el planeta llegó a 7400 millones. 2200 son niños menores de 13 años. Esto equivale al 31% de la población mundial. Dato que podría traducirse de la siguiente manera: el 31% del mundo sigue las reglas, obedece las órdenes y toma como ejemplo al otro 69% del mundo.
Hemos comenzado a deshacernos de los principios de las antiguas leyes de la patria potestad, por lo menos en lo referente a la injusta supremacía del hombre sobre la mujer, pero aún estamos lejos de hacer lo mismo con los niños. La relación de supremacía del adulto sobre el niño, no sólo menosprecia a una tercera parte de las individualidades del mundo, sino que propicia el encuadre de vulnerabilidad necesario para que pueda darse el maltrato.
De esta forma, violencia doméstica, violencia de género, y maltrato infantil parecen relacionarse. Todas derivan de la internalización de leyes muy antiguas que estuvieron vigentes hasta hace poco, y cuya versión más moderna puede reflejarse en la patria potestad: el derecho adquirido a través de medios místicos y misteriosos de ciertos seres humanos sobre la vida y el cuerpo de otros menos favorecidos.
El Artículo 19 de la Convención Internacional sobre los Derechos del Niño (Naciones Unidas, 1989) expresa que es obligación del Estado parte “proteger al niño contra toda forma de perjuicio o abuso físico o mental, descuido o trato negligente, malos tratos o explotación, incluido el abuso sexual, mientras el niño se encuentre bajo la custodia de los padres, de un representante legal o de cualquier otra persona que lo tenga a su cargo”.
El Artículo 15 del Código de la Niñez y Adolescencia uruguayo establece que el Estado tiene la obligación de proteger en especial a niños y adolescentes respecto a toda forma de abandono, abuso sexual, trato discriminatorio, explotación económica, tratos crueles, inhumanos o degradantes. O sea que la violencia contra niños, niñas y adolescentes constituye una de las vulneraciones más grandes a sus derechos humanos.
Politización absoluta
¿Está a favor del corredor Garzón, o en contra? Si usted responde que está a favor seguramente sea oficialista, es decir esté a favor del bando que construyó el corredor Garzón. Si está en contra, es muy probable que sea opositor. ¿Qué opina de la educación, de las medidas en contra de la violencia en el fútbol, del matrimonio igualitario, de la legalización de la marihuana? Todas medidas aplicadas por el partido político que gobierna en Uruguay. Una vez más: si responde que está a favor de todo esto es porque usted debe de haberlos votado, si está en contra debe ser porque no lo hizo. ¿Realmente somos tan simples, tan “cuadrados”? Todo lo que pensamos está previamente juzgado: esto se llama prejuicio. El pensamiento (por llamarle de alguna forma) que toma lugar de razonamiento, aun cuando no está fundamentado en experimentación alguna y que incluso contradice en forma desafiante los datos que refleja la realidad. Todos nuestros pensamientos están determinados por la forma en la que vemos el mundo, por nuestras creencias.
Nadie se aventura en ese maravilloso mar tormentoso del pensamiento sin saber en qué y cómo pensar. Ese bravo mar en realidad ya está cartografiado hasta el más mínimo detalle. Todo está prefigurado. Y aunque los cartógrafos en realidad sean ciegos, llevan mucho tiempo haciendo mapas. Si estamos tan politizados que no podemos discutir de nada sin que se deduzca nuestra orientación político-partidaria, si estamos tan empapados por nuestra subjetividad, difícil es que ideas tan antiguas y tan arraigadas como las patriarcales se nos escapen a pesar de la convención popular acerca de su “inconveniencia”.
Esta politización absoluta que aceptamos como norma en Uruguay, ayuda a que los problemas permanezcan invisibles. Si usted está en contra de esas feministas que organizan marchas multitudinarias y que siempre parecen estar al borde de linchar al primer prototipo de macho con el que se crucen, seguramente no presta mucha atención a los datos alarmantes relacionados con la violencia doméstica.
Es difícil hoy encontrar a alguien que se declare en forma abierta como homofóbico. Sin embargo, ¿cuántos de nosotros admitiríamos sin problemas que nuestro hijo sea homosexual? Nadie es racista, pero cruzamos la vereda si viene caminando en nuestra dirección un grupo de personas algo más oscuras que lo que consideramos aceptable. Lo “políticamente correcto” y lo político se mezclan, se confunden.
Todos admitiremos estar en contra del abuso infantil, hasta los abusadores. Pero luego nos babeamos con una Natalia Oreiro de 13 años en un reclame de protectores femeninos; promocionamos una idea de “belleza” asociada a la juventud y una idea de “feminidad” infantilizada.
Para nosotros existe una relación innegable entre maltrato y abuso infantil y violencia doméstica y de género. Podemos preguntarnos si es que esta relación no se maneja desde los medios de comunicación por un tema de economía periodística de mercado. Desde un medio que gana dinero vendiendo noticias, es más redituable manejar las temáticas por separado, siempre desde el aspecto más sensacionalista, revelando dolorosas verdades a medias, omitiendo la otra mitad de la verdad. Informar (por ejemplo) que en Uruguay en la actualidad hay cinco denuncias de abuso infantil por día parece poco responsable si el dato no va acompañado de la aclaración de qué es lo que entendemos por abuso infantil.
Esta noticia es el reflejo de un artículo de prensa que sostiene que en el año 2015 se efectuaron 5 denuncias de maltrato o abuso sexual por día en Uruguay, desconociendo que ambos términos (maltrato y abuso sexual) pueden no significar lo mismo y no operar como sinónimos ya que bien podría haber maltrato sin abuso sexual. Si usted, desde su casa y frente a la televisión, entiende que maltrato infantil y violación son sinónimos, no podrá estar más lejos de entender el problema. Entiéndalo: su escándalo y su indignación fueron debidamente calculados desde el mismo lugar desde donde se aprueba qué hecho se difunde y cuál no. Usted está escuchando y razonando sobre tan sólo una de las mitades de la realidad, la más sensacionalista y la menos estadística.
En Uruguay (como en la mayor parte del mundo) abuso infantil es una categoría más amplia que violación, y que de hecho la abarca. Ambas están contenidas en el concepto de maltrato infantil, hasta el punto de que el abuso sexual es entendido como una de las tipificaciones del maltrato.
El concepto de maltrato infantil
La Organización Mundial de la Salud (OMS) define el maltrato infantil como: “los abusos y la desatención de que son objeto los menores de 18 años, e incluye todos los tipos de maltrato físico o psicológico, abuso sexual, desatención, negligencia y explotación comercial o de otro tipo que causen o puedan causar un daño a la salud, desarrollo o dignidad del niño, o poner en peligro su supervivencia, en el contexto de una relación de responsabilidad, confianza o poder” (OMS, 2014). La organización también aclara que la exposición a la violencia de pareja puede incluirse entre las formas de maltrato infantil.
El maltrato infantil puede tener consecuencias neurofisiológicas a corto y a largo plazo. El estrés producido por el maltrato es asociado a trastornos del desarrollo de los sistemas nervioso e inmunitario. El maltrato infantil altera el normal desarrollo, produce dificultades relacionadas con la memoria, con el lenguaje, para concentrarse y para prestar atención, trastornos alimenticios, distanciamiento afectivo y problemas generales de relacionamiento, depresión, bajo nivel de autoestima, conducta antisocial, autoagresión, abuso de sustancias, violencia y hasta suicidio.
El maltrato infantil pone en riesgo la capacidad de los niños para aprender y socializar, y altera el desarrollo afectivo y sus formas de relacionarse a lo largo de sus vidas. Cuando un niño es agredido por alguien a quien ama, es afectado en su autoestima y confianza en sí mismo y en los demás.
Una de las principales preocupaciones de UNICEF en Latinoamérica es el maltrato infantil. Sólo son denunciadas a la justicia un porcentaje muy bajo de estas vulneraciones, una parte aún menor es investigada por los organismos competentes y como resultado pocos agresores son procesados. Como un componente más de la violencia doméstica, se esconde en el espacio privado, afecta a todos los estratos sociales y no se denuncia por miedo, vergüenza o porque está naturalizada a nivel social.
Muchos de los problemas más frecuentes en la población adulta pueden rastrearse a un historial de maltrato ocurrido durante la infancia.
El Artículo 130 del Código de la Niñez y la Adolescencia antes mencionado, entiende por maltrato y abuso del niño o adolescente las situaciones de maltrato físico, maltrato psico-emocional, prostitución infantil, pornografía, abuso sexual y abuso psíquico o físico,
Dentro del concepto “maltrato infantil” se establecen distintas categorías:
- Maltrato físico. Cuando el cuidador o el padre del niño, a través de una acción no accidental, provoca daño físico o enfermedad en el niño o lo coloca en grave riesgo de padecerlo.
- Negligencia y abandono físico. Cuando las necesidades físicas básicas del menor (alimentación, vestido, higiene, protección y vigilancia en las situaciones potencialmente peligrosas, educación y/o cuidados de salud) no son atendidas temporal o permanentemente por ningún miembro del grupo que convive con el niño.
- Maltrato y abandono emocional. Cuando por parte de cualquier miembro adulto del grupo familiar es crónica la hostilidad verbal en forma de insulto, desprecio, crítica o amenaza de abandono, y constante la evitación, el encierro o el confinamiento.
- Abuso sexual. Es definido como: “…Contactos e interacciones entre un niño y un adulto cuando el adulto (agresor) usa al niño para estimularse sexualmente él mismo, al niño o a otra persona. El abuso sexual puede ser también cometido por una persona menor de 18 años cuándo esta es significativamente mayor que el niño (víctima) o cuando el agresor está en una posición de poder o control sobre otro” (Save the children, 2001).
Podemos complementar esta definición con algunas ideas de otros autores.
“El abuso sexual de los niños y las niñas es el uso de estos para la satisfacción de las necesidades de un adulto, más frecuentemente un hombre, un adolescente u otro niño, sin consideración del desarrollo psicosexual ni del impacto que el acto abusivo va a causar sobre la mente y el cuerpo del niño o la niña víctimas” (Cuadros, I., 2010).
“La implicancia de niños, niñas o adolescentes, dependientes e inmaduros, en cuanto a su desarrollo, en actividades sexuales que no comprenden plenamente, y para las cuales son incapaces de dar un consentimiento informado” (Kempe y Kempe, 1985).
Cabe puntualizar que aproximadamente el 90% de las situaciones de abuso sexual se dan en el seno de la familia, y que el perpetrador por lo general es un familiar o una persona cercana al abusado.
A su vez, dentro de la concepción de abuso sexual destacamos las siguientes categorías:
- Abuso sexual. Cualquier forma de contacto físico con o sin acceso carnal, con contacto y sin contacto físico realizado sin violencia o intimidación y sin consentimiento. Puede incluir: penetración vaginal, oral y anal, penetración digital, caricias o proposiciones verbales explícitas.
- Agresión sexual. Cualquier forma de contacto físico con o sin acceso carnal con violencia o intimidación y sin consentimiento.
- Exhibicionismo. Cualquier forma de exhibición obscena.
- Explotación sexual infantil. Una categoría de abuso sexual infantil en la que el abusador persigue un beneficio económico y que engloba la prostitución y la pornografía infantil. Se suele equiparar con el comercio sexual infantil.
Conclusiones
Es importante no confundir maltrato infantil, abuso infantil, y abuso sexual. No sólo para poder entender mejor las estadísticas expuestas sin aclaración desde los medios de comunicación, sino para poder entender mejor este flagelo de nuestra sociedad y de nuestro tiempo que es el maltrato infantil. El Código Penal Uruguayo maneja un criterio de penas que abarca todo el espectro del maltrato, pero el desconocimiento de sus diferentes formas muchas veces lleva a la confusión con respecto a algunos fallos judiciales. En otras palabras: nuestro desconocimiento, sumado a nuestros prejuicios personales, constituye el caldo de cultivo del maltrato infantil, lo encubre y lo propicia. Genera el clima adecuado para que las víctimas no hablen, o para que se arrepientan de ello muy pronto, cuando se los envuelva en el complejo entramado estatal que los llevará a, por ejemplo, tener que repetir su historia hasta el cansancio, a verse forzados a defenderse. Ayuda a encubrir al victimario, que juega con la ventaja del cansancio de la víctima, con el prejuicio social, con el silencio, con la burocracia de funcionarios y técnicos indignados.
Nuestro principal problema en relación al maltrato infantil no lo constituye un grupo de violadores de niños, escoria de la sociedad, descarriados, pervertidos, etc. Y pensar esto puede ser natural si confundimos las variadas formas del maltrato. El principal problema que tenemos somos nosotros mismos, cada vez que menospreciamos, humillamos o maltratamos a un niño, cada vez que miramos para otro lado, cada vez que callamos, cuando dejamos que nuestro juicio sea nublado por nuestros prejuicios, cuando naturalizamos un problema objetivamente inhumano.
Referencias Bibliográficas:
- Cuadros, I. (2010). ¿Cómo duermen? Abuso sexual infantil. Recuperado de: rosaloureiro.blogspot.com.uy/2010/04/abuso-sexual-infantil-dra-isabel03.html
- De Mause, Ll. (1982). Historia de la Infancia. Madrid: Alianza Universidad.
- Kempe, R., Kempe, C. (1985). Niños Maltratados. Madrid: Serie Bruner Ediciones Morata.
- Naciones Unidas. Asamblea General. (1989). Convención Internacional sobre los Derechos de Niño. Nueva York: Naciones Unidas.
- Organización Mundial de la Salud. (2014). Maltrato Infantil. Datos y Cifras. Recuperado de: http://www.who.int/mediacentre/factsheets/fs150/es/
- Organización Mundial de la Salud. (2016). Maltrato de menores. Recuperado de: http://www.who.int/topics/childabuse/es/
- Save the Children (2001). Abuso sexual: Manual de formación para profesionales. Pepa Horno, Ana Santos y Carmen del Molino. Recuperado de: http://www.inau.gub.uy/biblioteca/lectura13.pdf
- UNICEF. (2016). Estado mundial de la infancia. Recuperado de: https://www.unicef.org/spanish/sowc2016/
- Uruguay. Poder Legislativo. (2004). Ley N° 17.823. Código de la Niñez y Adolescencia. Recuperado de: www.parlamento.gub.uy/leyes/ley17823.htm
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